Fijan mecanismos de reporte de tarifas del impuesto de industria y comercio consolidado por parte de municipios y/o distritos
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17 de Diciembre de 2020
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Mediante la Resolución 0112, la Dian determinó los mecanismos de reporte de las tarifas del impuesto de industria y comercio consolidado y de la cuenta para transferir estos recursos por parte de los municipios y/o distritos. Las tarifas no deben exceder los límites dispuestos por los artículos 33 y 37 de la Ley 14 de 1983, compilados en los artículos 196 y 200 del Decreto 1333 de 1986 o en la norma que los adicione o modifique. Las autoridades competentes deben presentar la información establecida en forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la entidad, haciendo uso del instrumento de firma electrónica (IFE) emitido por esta entidad y mediante el diligenciamiento de los formatos prescritos.
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