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Fijan arancel permanente del 15 % para importación de maníes y cacahuetes (10:23 a.m.)

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27 de Octubre de 2016

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El Ministerio de Comercio retiró la subpartida arancelaria 1202.42.00.00, por la cual se clasifican los maníes cacahuetes o cacahuates sin tostar ni cocer de otro modo, sin cascara incluso quebrantados, de la aplicación del Sistema Andino de la Franja de Precios (Safp) de la soya. Por tanto, se mantiene el arancel del 15 % del Decreto 4927 del 2011 para la importación de dichos productos. Las importaciones originarias de los países con los cuales existen acuerdos comerciales con un gravamen superior al señalado le aplica la cláusula nación más favorecida (NMF) del GATT.

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