Facultad para proferir resoluciones de clasificación arancelaria de la Dian es consecuente con obligatoriedad de la Resolución 4240/00 (3:10 p.m.)
24 de Noviembre de 2016
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Nota:
53020
Luego de resolver un recurso de apelación, el Consejo de Estado precisó que la posibilidad de la Dian para proferir resoluciones de clasificación arancelaria de mercancías es consecuente con la obligatoriedad dispuesta en el artículo 157 de la Resolución 4240 del 2000. Esta disposición establece que las clasificaciones arancelarias expedidas mediante resolución serán de carácter general y de obligatorio cumplimiento, conforme se indicó en las mercancías investigadas mediante resoluciones 4131 y 4951 del 2005. Además, precisó que estas resoluciones de carácter general deben ser publicadas en el Diario Oficial para efectos de su vigencia y oponibilidad a terceros. Es importante resaltar que estas resoluciones expedidas por la Dian se aplican de manera general a importaciones ocurridas con posterioridad a su promulgación en el Diario Oficial, o de manera particular a importaciones ocurridas con posterioridad a la notificación de la persona que solicitó la clasificación.
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