Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Explican requisitos de procedencia del llamamiento en garantía (4:13 p.m.)

59332

16 de Febrero de 2018

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Sección Cuarta del Consejo de Estado precisa que para ordenar el llamamiento en garantía se requiere prueba siquiera sumaria de la existencia del vínculo legal o contractual de garante, motivo por el cual no basta el cumplimiento de los requisitos formales para que se ordene el llamamiento. Así las cosas, el llamado en garantía está legitimado para intervenir en el proceso judicial en cuanto hace las veces de garante frente a alguna de las partes en el eventual resultado perjudicial que pueda tener en el proceso (C. P. Jorge Octavio Ramírez).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)