Explican inconstitucionalidad de norma que fijaba aportantes de contribución parafiscal al turismo (10:52 a.m.)
01 de Octubre de 2013
Reproducir
Nota:
91814
La Corte Constitucional estableció que aunque la norma que fija quiénes son los responsables de la contribución parafiscal de promoción al turismo no tenía en su origen un componente tributario, su naturaleza terminó siendo precisamente esa, de ahí que haber iniciado la discusión en el Senado de la República y no en la Cámara de Representantes hubiera derivado en su inconstitucionalidad (artículo 16 de la Ley 1558 del 2012). La corporación indicó que el inciso 4º del artículo 154 de la Constitución y el artículo 143 de la Ley 5ª de 1992 ordenan que iniciativas de esta índole sean presentadas exclusivamente ante la mencionada célula legislativa. Los magistrados Luis Guillermo Guerrero y Alberto Rojas salvaron el voto, por considerar que era viable aplicar el principio de flexibilidad que, en casos concretos, es posible poner en práctica dentro de la actividad legislativa. En ese mismo sentido se había pronunciado la Procuraduría, que respaldaba la constitucionalidad del texto demandado (M. P. Luis Ernesto Vargas).
Opina, Comenta