Explican eficacia probatoria de los indicios en la declaratoria de proveedor ficticio (11:02 a.m.)
31 de Octubre de 2018
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Nota:
108913
Para que proceda la declaratoria de proveedor ficticio se requiere que la autoridad constate si son reales las operaciones de venta de bienes o servicios que se facturen, explica la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Para ello, la Administración cuenta con los medios de prueba señalados en las leyes tributarias y en las que regulan con carácter general el procedimiento administrativo y judicial, siempre que estas últimas sean compatibles con las primeras. En consecuencia, en la medida en que los indicios tienen reconocida eficacia probatoria, en principio nada obsta para que mediante ese medio de prueba la Dian demuestre la inexistencia de las operaciones que hubiere declarado un contribuyente o responsable (C. P. Roberto Piza Rodríguez).
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