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Explican alcances de requisitos para autorizar a sociedades internacionales a comercializar bienes de Mipymes (9:10 a.m.)

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13 de Septiembre de 2017

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El Ministerio de Comercio precisó que a diferencia de las sociedades de comercialización internacional que hoy existen (254) a esta nueva categoría no se le exigirá patrimonio líquido y la garantía a constituir a favor de la Dian deberá corresponder al 1 % del valor de las exportaciones realizadas durante los 12 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. Cuando no haya realizado operaciones de exportación, o cuando la persona jurídica haya sido constituida el mismo año en que presente la solicitud, el monto será del 1 % sobre el estimativo de exportaciones, según el estudio de mercado. De cualquier forma, en ningún caso el valor a asegurar será inferior a 2.000 UVT o superior a 2.500 UVT, aclara Mincomercio. Para poder ser una de estas CI, el interesado deberá acreditar que tiene un plan de trabajo con ProColombia o que ha sido beneficiaria de recursos por parte de las entidades o programas del sector Comercio, Industria y Turismo. Igualmente, deberá presentar constancia de que cuenta con la infraestructura y requerimientos informáticos exigidos para cumplir con las formalidades aduaneras y presentar su plan exportador, entre otros requisitos. Esta categoría de CI gozará de los mismos beneficios que tienen las sociedades que operan actualmente. Podrán comprar bienes en el mercado nacional exentos del pago de IVA, siempre y cuando estos sean exportados dentro de los seis meses siguientes a la fecha de expedición del correspondiente certificado al proveedor.

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