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Expensas deben tener relación de causalidad con la actividad productora de renta, necesidad y proporcionalidad (7:10 a.m.)

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20 de Marzo de 2018

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La Sección Cuarta del Consejo de Estado reiteró que las deducciones de gastos deben cumplir los requisitos previstos en el artículo 107 del Estatuto Tributario, lo que quiere decir que las expensas deben tener relación de causalidad con la actividad productora de renta, necesidad y proporcionalidad. Precisamente, frente al requisito de la necesidad del gasto recordó que implica que las expensas sean las normales de la actividad económica o las requeridas dentro del giro ordinario de los negocios. Por su parte, indicó que la proporcionalidad incide frente al aporte que realiza dicho gasto a la posibilidad de llevar a cabo una actividad económica o, en otras palabras, alude a la mesura y a la prudencia del gasto con miras a obtener un provecho (C. P. Julio Roberto Piza).

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