Exceptúan de pagos virtuales de renta a contribuyentes que tengan contratos de estabilidad jurídica con la Nación (9:28 a.m.)
12 de Abril de 2017
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Nota:
54381
La Dian adicionó un parágrafo transitorio al artículo 1° de la Resolución 12761 del 2011, donde indica que se exceptúan de la obligación de presentar declaraciones y diligenciar los recibos de pago a través de los medios electrónicos a los contribuyentes del impuesto sobre la renta que tengan contrato vigente de estabilidad jurídica con la Nación y dentro del cual esté contemplada la estabilización de la tarifa del impuesto, así como los usuarios industriales y servicios de zona franca, quienes podrán presentar la declaración del periodo gravable 2016 de manera litográfica utilizando la opción de ‘Usuarios no Registrados’.
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