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09 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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Estos son los plazos para declarar y pagar impuestos en el 2023

04 de Enero de 2023

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El Gobierno, mediante el Decreto 2487, estableció los plazos para que los contribuyentes y responsables de impuestos nacionales cumplan con sus obligaciones tributarias sustanciales y formales en 2023. (Lea: EXTRA: Conozca el calendario tributario del 2023).

 

Entre los plazos de las obligaciones tributarias de mayor interés para las personas naturales y jurídicas están:

 

Impuesto sobre la renta y complementario para contribuyentes calificados como grandes contribuyentes

 

Las personas naturales o jurídicas, los contribuyentes del régimen tributario especial y demás entidades calificadas por la DIAN como grandes contribuyentes para el año 2023 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario del año gravable 2022 y pagar el valor del impuesto en tres cuotas, teniendo en cuenta el último dígito del NIT:

 

  • Pago primera cuota: Entre el 7 y el 20 de febrero del 2023.
  • Presentación de declaración y pago segunda cuota: Entre el 10 y el 21 de abril del 2023.
  • Pago tercera cuota: Entre el 7 y el 22 de junio del 2023.

 

Impuesto sobre la renta y complementario para personas jurídicas

 

Las personas jurídicas, sociedades y los contribuyentes del régimen tributario especial diferentes a los calificados como grandes contribuyentes deberán realizar en dos cuotas iguales el pago del impuesto sobre la renta y complementario año gravable 2022:

 

  • Presentación de declaración y pago de primera cuota: Del 10 de abril al 8 de mayo de 2023, teniendo presente los dos últimos dígitos del NIT.
  • Pago segunda cuota: Del 7 al 21 de julio de 2023, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

 

Impuesto sobre la renta y complementario personas naturales y sucesiones ilíquidas

 

Los plazos para presentar la declaración y el pago del impuesto sobre la renta y complementario año gravable 2022 para las personas naturales y las sucesiones ilíquidas será en una sola cuota a partir del 9 de agosto y hasta el 19 de octubre del 2023, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. (Lea: Conozca quiénes están o no obligados a presentar declaración de renta por el año gravable 2022)

Impuesto sobre las ventas (IVA)

 

Los contribuyentes responsables de este impuesto, cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2022 sean iguales o superiores a 92.000 UVT, es decir $ 3.496.368.000, así como los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, tendrán la obligación de presentar y pagar con una periodicidad bimestral el IVA, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

 

Los periodos bimestrales y las fechas de vencimiento son:

  • Enero – febrero: Del 7 al 21 de marzo del 2023.
  • Marzo – abril: Del 9 al 23 de mayo del 2023.
  • Mayo – junio: Del 7 al 21 de julio del 2023.
  • Julio – agosto: Del 7 al 20 de septiembre del 2023.
  • Septiembre – octubre: Del 8 al 22 de noviembre del 2023.
  • Noviembre – diciembre: Del 10 al 23 de enero del 2024.

 

Las  personas jurídicas y naturales responsables de este impuesto cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2022 sean inferiores a 92.000 UVT deberán presentar la declaración y pagar con una periodicidad cuatrimestral.

 

Los plazos establecidos para este caso son:

 

  • Enero – abril: Entre el 9 y el 23 de mayo del 2023.
  • Mayo – agosto: Entre el 7 y el 20 de septiembre del 2023.
  • Septiembre – diciembre: Entre el 10 y el 23 de enero del 2024.

 

Retención en la fuente

 

Los agentes de retención del impuesto sobre la renta y complementario, impuesto de timbre o IVA deberán declarar y pagar las retenciones y autorretenciones efectuadas en cada mes. Para tal fin deben tener en cuenta el último dígito del NIT.

 

Las fechas fijadas para el cumplimiento de esta obligación son:

  • Enero: Entre el 7 y el 20 de febrero de 2023.
  • Febrero: Entre el 7 y el 21 de marzo de 2023.
  • Marzo: Entre el 10 y el 21 de abril de 2023.
  • Abril: Entre el 9 y el 23 de mayo de 2023.
  • Mayo: Entre el 7 y el 22 de junio de 2023.
  • Junio: Entre el 7 y el 21 de julio de 2023.
  • Julio: Entre el 9 y el 23 de agosto de 2023.
  • Agosto: Entre el 7 y el 20 de septiembre de 2023.
  • Septiembre: Entre el 10 y el 24 de octubre de 2023.
  • Octubre: Entre el 8 y el 22 de noviembre de 2023.
  • Noviembre: Entre el 11 y el 22 de diciembre de 2023.
  • Diciembre: Entre el 10 y el 23 de enero de 2024.

 

Impuesto nacional al consumo

 

Los contribuyentes responsables del impuesto nacional al consumo, así como al de bolsas plásticas y al consumo de cannabis deberán presentar la declaración y realizar el pago con una periodicidad bimestral, de acuerdo con el último dígito del NIT.

 

  • Enero – febrero: Del 7 al 21 de marzo de 2023.
  • Marzo – abril: Del 9 al 23 de mayo de 2023.
  • Mayo – junio: Del 7 al 21 de julio de 2023.
  • Julio – agosto: Del 7 al 20 de septiembre de 2023.
  • Septiembre – octubre: Del 8 al 22 de noviembre de 2023.
  • Noviembre – diciembre: Del 10 al 23 de enero de 2024.

Consulte el documento oficial de la DIAN para conocer los plazos para declarar y pagar otros impuestos este 2023.

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