Estos son los beneficios tributarios para restaurantes que prevé la reforma a la Ley de Turismo
29 de Marzo de 2021
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Nota:
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Frente a una consulta sobre la aplicación de tarifas reducidas de impuestos para los servicios de restaurante en el marco de la emergencia sanitaria la Dian precisó que, si bien no se trata de decretos legislativos con ocasión de la emergencia, los artículos 47 y 48 de la Ley 2068 del 2020 disponen varios beneficios tributarios, como reducción de tarifas del impuesto nacional al consumo en el expendio de comidas y bebidas y exclusión del impuesto sobre las ventas (IVA) en contratos de franquicia, respectivamente. En el primer caso, la norma dispone reducción de las tarifas al 0 % hasta el 31 de diciembre del 2021, mientras en el segundo una excusión de IVA, a partir de su expedición y hasta el 31 de diciembre del 2021, para los establecimientos de comercio que lleven a cabo actividades de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías y autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías, para consumo en el lugar, para ser llevadas por el comprador o entregadas a domicilio, desarrolladas a través de contratos de franquicia.
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