Estos son los ajustes al reporte de información exógena para el año gravable 2017 (8:25 a.m.)
27 de Marzo de 2018
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Nota:
60441
Mediante la Resolución 000016, la Dian realizó algunos cambios en los obligados y plazos para el reporte de la información exógena tributaria por el año gravable 2017. El primer cambio corresponde al grupo de obligados a reportar información exógena de personas naturales y asimiladas, pues acota el conjunto considerando las rentas cedulares. En este sentido, para el año gravable 2017, las personas naturales que deberán reportar serán aquellas que en el año gravable 2015 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $ 500´000.000 y que en el año gravable 2017 la suma de los ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y rentas no laborales superen los $ 100´000.000. El segundo cambio es una armonización con lo previsto en la reforma tributaria estructural (Ley 1819 del 2016), lo que lleva a un ajuste de las tablas de los conceptos de los formatos 1011, 1004 y 2275. La tercera modificación está en los plazos para suministrar la información. Adjunto a esta nota puede consultar la norma.
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