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Estos serían los porcentajes del componente inflacionario vigencia 2017 (7:50 a.m.)

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20 de Febrero de 2018

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El Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de decreto que busca modificar el Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria, en lo referido al componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos durante el año 2017 por personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad, indicando que no constituirían renta ni ganancia ocasional el 64,21 % del valor de los rendimientos financieros percibidos. Igual porcentaje se aplicaría para las utilidades que los fondos mutuos de inversión, los fondos de inversión y los fondos de valores distribuyan o abonen en cuenta a esas personas. Además, para el mismo periodo, no constituiría costo ni deducción el 20,21 % de los intereses y demás costos y gastos financieros en que hayan incurrido estas mismas personas naturales y sucesiones ilíquidas. De igual manera, para efectos de la determinación del impuesto sobre la renta por el año gravable 2018, se presumiría que todo préstamo en dinero que otorguen las sociedades a sus socios o accionistas o viceversa generaría un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión del 5,21 %.

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