Esto dijo la Corte sobre las normas que fijan participaciones y dividendos en la reforma tributaria del 2016 (10:53 a.m.)
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12 de Diciembre de 2018
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Una decisión reciente de la Corte Constitucional concluye que la exclusión de las personas naturales residentes y no residentes de los contribuyentes que pueden considerar los dividendos o participaciones percibidos como no constitutivos de renta o ganancia ocasional, y el establecimiento de una tarifa especial del impuesto de renta para dividendos o participaciones recibidos por estos mismos grupos, no desconoce el orden justo, la justicia y la equidad horizontal en materia tributaria. Así pues, el alto tribunal respaldó los artículos 2° y 6° de la Ley 1819 del 2016 (M. P. Gloria Stella Ortiz).
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