¿Estado debe financiar con recursos ordinarios destinados a la salud la investigación de la vacuna contra covid-19?
22 de Septiembre de 2020
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Nota:
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Los recursos ordinarios destinados a la salud pueden ser utilizados de manera extraordinaria y excepcional para financiar la investigación de moléculas en fase de experimentación para conseguir la vacuna contra la covid-19 y el anticipo solicitado por los laboratorios farmacéuticos para garantizar una distribución oportuna de la vacuna. Lo anterior, siempre que los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) no sean suficientes para financiar los referidos anticipos, es decir, que si el Gobierno nacional decide realizar esta inversión deber utilizar, en primera instancia, los recursos del FOME, preciso la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. De igual forma señaló que la restricción establecida en el literal e) del artículo 15 de la Ley 1751 del 2015 no aplica a las inversiones de recursos públicos destinados de manera ordinaria a la salud en la investigación para la vacuna contra el coronavirus. Conozca otras determinaciones en el texto adjunto (C. P. Edgar González López).
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