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En virtud del principio de seguridad jurídica, doctrina tributaria no tiene efectos retroactivos (9:29 a.m.)

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25 de Febrero de 2016

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Teniendo en cuenta que la vigencia de la doctrina tributaria previamente emitida inicia desde el día de su expedición y termina en la fecha en que es modificada, aclarada y/o cambiada la posición que se fija en ella, esta no es retroactiva y, por ende, no se aplica a hechos que ocurrieron antes de su modificación y/o aclaración, reconociéndole así un lugar importante al principio de seguridad jurídica, entendida como la garantía de aplicación objetiva de la doctrina, de manera que los contribuyentes sepan en cada momento cuáles son sus derechos y obligaciones, sin que el capricho o la mala voluntad de los operadores jurídicos puedan causarles perjuicios, precisó la Secretaría de Hacienda de Bogotá. No obstante, aclaró que la vigencia en mención no resulta aplicable si en las declaraciones tributarias ha operado la firmeza o ha tenido lugar una situación jurídica consolidada. 

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