14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


En este evento los aportes a sociedades nacionales no se consideran enajenaciones ni generan ingreso gravable

29 de Septiembre de 2020

Reproducir
Nota:
117430
Los aportes en efectivo o en especie efectuados a las sociedades nacionales no se considerarán como enajenaciones ni generarán ingreso gravable, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 319 del Estatuto Tributario, sobre neutralidad tributaria de aportes a sociedades nacionales. De acuerdo con el numeral 5 de este artículo, debe declararse expresamente en el documento que contenga el acto jurídico de aporte que las partes se sujetan a las disposiciones contenidas en la norma, so pena de que el mismo sea considerado como enajenación y esté sometido al impuesto sobre la renta, según las reglas generales de enajenación de activos. En este caso, y para efectos tributarios, el monto del ingreso gravado integrará el costo fiscal de los activos aportados.    

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)