En corrección de declaración de renta por requerimiento especial se pueden incluir costos asociados a los ingresos propuestos en ese acto (10:42 a.m.)
04 de Abril de 2019
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Nota:
112562
Las declaraciones de corrección que se presentan voluntariamente pero que son provocadas por la notificación del requerimiento especial están contempladas en el artículo 590 del Estatuto Tributario, explicó la Sección Cuarta del Consejo de Estado. En ese sentido, dichas declaraciones tienen connotaciones diferentes a las correcciones no precedidas de apremio de la autoridad, porque el obligado tributario carece de libertad para configurar el contenido de la declaración, en la medida en que las modificaciones sobre el denuncio preexistente solo pueden versar sobre lo planteado por la Administración en el requerimiento. De otra parte, aunque la corrección provocada en este requerimiento debe concretarse en aceptar las observaciones planteadas por la Administración respecto de la autoliquidación privada, lo anterior no obsta para reconocer los costos y deducciones que sean del caso, con los cuales se deben depurar los ingresos brutos. Así las cosas, el reconocimiento fiscal de dichas erogaciones está sujeto a la demostración de la expensa por parte del obligado, por lo que se deben rechazar los costos o deducciones adicionados en la corrección provocada por la declaración cuando los documentos no demuestren su existencia o las condiciones en que se produjo (C. P. Julio Roberto Piza).
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