¿Qué debe hacer un contador público extranjero para poder ejercer su profesión en Colombia?
01 de Marzo de 2024
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública resolvió una consulta relacionada con los requisitos que debe cumplir un extranjero para poder ejercer la profesión contable en Colombia, cuyos estudios fueron adelantados fuera del país.
Al respecto, la entidad recordó que el parágrafo 1 del artículo 3 de la Ley 43 de 1990 dispone que para ser inscrito como contador público es necesario ser nacional colombiano en ejercicio de derechos civiles o extranjero domiciliado en Colombia con no menos de tres años de anterioridad a la respectiva solicitud.
Para ello debe haber obtenido el título de contador público o una denominación equivalente expedido por instituciones extranjeras de países con los cuales Colombia haya celebrado convenios sobre reciprocidad de títulos, refrendados por el organismo gubernamental autorizado para ello.
Así las cosas, para ejercer como contador público en Colombia es necesario obtener la respectiva inscripción ante la Junta Centra de Contadores, la cual se acredita con la tarjeta profesional, tras la homologación o refrendación requerida del título profesional que lo reconoce como tal. El Ministerio de Educación es la entidad autorizada para llevar a cabo este proceso.
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