Diferencias que surjan de la aplicación de los marcos técnicos normativos deben ser objeto de control (3:44 p.m)
24 de Agosto de 2017
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Nota:
56726
Si la base contable registrada en libros oficiales, que resulta de aplicar los nuevos marcos técnicos normativos, difiere de la base fiscal, determinada con base en las normas tributarias, es necesario controlar las diferencias, permitiendo la debida determinación de la carga tributaria y su fiscalización, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. En efecto, el artículo 772-1 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 137 de la Ley 1819 del 2016, dispone que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deben llevar un sistema de control o de conciliaciones de las diferencias que surjan entre la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos contables y las disposiciones tributarias.
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