Dian hace precisiones sobre anulación de certificados de origen (11:01 a.m.)
25 de Mayo de 2017
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Nota:
55412
La Dian informó que las solicitudes de anulación de certificados de origen únicamente proceden por pérdida y por no utilización. Estas deberán ser presentadas y atendidas en la dirección seccional donde fue expedido el certificado de origen. En cuanto a los requisitos, la entidad recordó que en físico se debe presentar la solicitud de anulación del certificado en Formato FT-OA-2293, diligenciado y firmado, adjuntando la documentación; en digital se debe presentar la solicitud de anulación por correo electrónico en el buzón designado por el área competente y adjuntar el formato. Así mismo, agregó que cuando el certificado se haya utilizado (presentado en destino) no procede la anulación. Finalmente, informó que el formato se encuentra en el siguiente link.
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