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Actualizado hace 12 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Dian aclara forma de notificación de actos administrativos en procesos de verificación de origen por acuerdos comerciales (11:26 a.m.)

15 de Marzo de 2016

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Nota:
104889
Los procesos de verificación de origen son producto de acuerdos internacionales entre Estados y obedecen principalmente a la necesidad de crear mecanismos expeditos para hacer las comprobaciones que sean necesarias respecto del origen de las mercancías y agilizar su intercambio, gozando de las prerrogativas para su importación en cada uno de los Estados partes que los suscribieron, de tal suerte que los efectos directos que produce tal comprobación se reflejan en el monto de los tributos aduaneros que se tendrán que pagar por su importación, explicó la Dian. Por tanto, concluyó la entidad, dicho tema tiene relación directa y concreta con normas aduaneras que se relacionan con procedimientos de importación de las mercancías y la determinación de los tributos aduaneros a pagar por tal operación. Así las cosas, aclaró que si bien se había sostenido en los conceptos 017434 y 021626 del 2015 que en estos eventos, ante la ausencia del establecimiento de los mecanismos que se deban utilizar para comunicar las actuaciones que expida la autoridad aduanera, que se debía acudir a las reglas de la Ley 1437 del 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), como lo prevén los artículos 2° y 34 de la misma ley, tal interpretación se debe modificar, en el sentido de aplicar el Decreto 2685 de 1999 para la notificación a las partes involucradas de las decisiones que se adopten y que se deban comunicar. Así las cosas, se revoca la tesis sostenida en los mencionados oficios.

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