Desembolsos de Mipymes en proyectos de tecnología e innovación se registran como gastos
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29 de Mayo de 2020
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A las entidades que aplican el marco técnico normativo del Grupo 2 (Mipymes), contenido en el anexo 2 del Decreto 2420 del 2015 y sus modificaciones no les está permitido capitalizar los costos de activos intangibles generados internamente, como es el caso de los proyectos de inversión en ciencia, tecnología e innovación, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Por lo tanto, los desembolsos incurridos deben ser registrados como gastos en el estado de resultados correspondiente.
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