Desconocer plazo para resolver reposición de auto que inadmite el recurso de reconsideración configura silencio administrativo positivo (8:56 a.m.)
21 de Noviembre de 2013
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Nota:
92775
El término que tiene la administración para inadmitir el recurso de reconsideración, como medio de impugnación para agotar la vía gubernativa frente a las liquidaciones oficiales de revisión, es de un mes. Por otro lado, el plazo para resolver la reposición contra el auto inadmisorio de ese recurso es de 15 días, recordó el Consejo de Estado. Solo el desconocimiento del último plazo en mención genera el silencio administrativo positivo, en el sentido de que debe entenderse admitido el recurso de reposición para decidirlo de fondo, precisó el alto tribunal (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).
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