Derecho de inspección en la copropiedad podrá ejercerse en las oficinas de la administración (8:15 a.m.)
16 de Julio de 2019
Reproducir
Nota:
121563
En la Ley 675 del 2001, que establece el régimen de propiedad horizontal, no existe regulación respecto al derecho de inspección de los libros de contabilidad. Sin embargo, este se podría ejercer de acuerdo con la aplicación extensiva que prevé el artículo 15 de la Ley 1314 del 2009, como lo consagra el Código de Comercio. Así las cosas, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, el derecho de inspección podrá ejercerse en las oficinas de la administración durante los 15 días hábiles que preceden a la reunión de la asamblea. De otra parte, agregó, no hay norma que indique que la información deba ser entregada en Excel o de una forma particular, por lo que este aspecto debe ser acordado por las partes, sin exceder los requisitos legales.
Opina, Comenta