Definen disposiciones transitorias en materia de sistemas especiales de importación - exportación
28 de Octubre de 2020
Con el Decreto 1371 del 2020, el Ministerio de Comercio adoptó disposiciones transitorias para el acceso y cumplimiento de compromisos de exportación en los programas de Sistemas especiales de importación - exportación de materias primas e insumos, bienes de capital y repuestos y exportación de servicios establecidos en el Decreto Ley 444 de 1967 y en el artículo 4 de la Ley 7 de 1991, encaminadas a coadyuvar a la reactivación económica ante los efectos causados por el covid-19. Las disposiciones aplican a las personas naturales y jurídicas, a las asociaciones empresariales y a los consorcios y uniones temporales que pretendan realizar o que realicen dichas operaciones. La solicitud de autorización del programa se podrá presentar dentro de los 17 meses siguientes, contados a partir de la entrada en vigencia de esta norma, a fin de surtir el trámite de evaluación por parte de la Dirección de Comercio Exterior. El decreto también fija las condiciones y requisitos para presentar la solicitud.
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