Deducción por inversión en activo fijo real también aplica cuando esta se realiza mediante de ‘leasing’ financiero (10:25 a.m.)
10 de Enero de 2018
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Nota:
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Los contribuyentes que efectuaron inversiones en activos fijos reales productivos podían deducir en la determinación del impuesto de renta de los años gravables del 2004 al 2007 el 30 % del valor de las inversiones efectivamente realizadas, aun bajo la modalidad de leasing financiero con opción irrevocable de compra, en virtud del Decreto 1766 del 2004 y la Ley 863 del 2003. En ese sentido, las inversiones efectivas realizadas que son deducibles en los términos anteriores implican que los bienes adquiridos se incorporen al activo del contribuyente que solicita la deducción, incluso tratándose de los adquiridos mediante leasing, por lo que desde el momento en que estos ingresan al patrimonio del arrendatario debe entenderse realizada la inversión. Por lo tanto, para que efectivamente sean deducibles estas inversiones (i) se debe ejercer la opción irrevocable de compra y (ii) solicitar de manera oportuna la deducción (C. P. Milton Chaves García).
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