Decretos reglamentarios únicosEste es el programa de fomento para la industria de astilleros (9:29 a.m.)
04 de Abril de 2018
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Nota:
60338
El programa es un instrumento dirigido a las personas jurídicas que fabrican los bienes finales contenidos en las subpartidas arancelarias indicadas en el Decreto 0590 del 2018. Mediante este programa, el Ministerio de Comercio autoriza al beneficiario a importar con exoneración de derechos de aduana las mercancías o bienes contenidos en las señaladas subpartidas, con el compromiso de incorporarlos en la producción de embarcaciones y/o sus partes para la venta en el mercado nacional o internacional. Si los bienes importados con suspensión de los derechos de aduana no van a ser incorporados o no han sido incorporados dentro del plazo establecido a la producción del bien final objeto del programa, el beneficiario debe presentar la correspondiente declaración de importación, liquidando y pagando los derechos de aduana, la diferencia de IVA, las sanciones y los intereses moratorios correspondientes, o reexportar las mercancías dentro de los 30 días siguientes al vencimiento del término establecido para ello.
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