Decretos reglamentarios únicosEsta es la reglamentación de la conciliación fiscal (4:37 p.m.)
01 de Diciembre de 2017
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Nota:
58511
El Ministerio de Hacienda expidió un decreto con el cual sustituye la Parte 7 del Libro 1 del Decreto 1625 del 2016, en lo relacionado con la reglamentación de la conciliación fiscal de que trata el artículo 772-1 del Estatuto Tributario. De esta manera, el ministerio determina el alcance de la conciliación y la información que se debe suministrar a la Dian como resultado de la misma. La norma define la conciliación y señala que esta contendrá las bases contables y fiscales de los activos, pasivos, ingresos, costos, gastos y demás partidas y conceptos que deban ser declarados, así como las diferencias que surjan. También determina que estará compuesta por dos elementos: control de detalle y reporte de conciliación fiscal. Así mismo, señala a los sujetos obligados a presentar el reporte de la misma. El formato de reporte del año gravable 2017 será definido, a más tardar, el 29 de diciembre de este año. Para el año gravable 2018 se prescribirá el formato, las especificaciones técnicas, los plazos y condiciones de presentación, a más tardar, el 31 de octubre del 2018.
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