Decretos reglamentarios únicos - Reforma tributaria estructural 2016 Reglamentan reforma tributaria en lo relacionado con conciliaciones y terminación por mutuo acuerdo de procesos administrativos tributarios (10:20 a.m)
05 de Junio de 2017
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Nota:
55280
El Comité de conciliación y defensa judicial de la Dian, además de las funciones ya establecidas, tendrá competencia para acordar y suscribir las fórmulas conciliatorias y las actas de terminación por mutuo acuerdo de que trata la Ley 1819 del 2016 (reforma tributaria estructural). Sobre la procedencia de la conciliación contencioso administrativa tributaria, aduanera y cambiaria la norma indica que los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos, los deudores solidarios o garantes del obligado, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario que hayan presentado demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo podrán solicitar ante la Dian la conciliación en los términos del artículo 305. Así mismo, señala los requisitos para la procedencia de la conciliación. Igualmente, define la forma para determinar los valores a conciliar en los procesos. Finalmente, también se regula la terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos.
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