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Noticias / Tributario


Declaran nulas varias disposiciones del estatuto de rentas departamentales de la Guajira

23 de Marzo de 2021

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Nota:
120886
Al estudiar la Ordenanza 330 del 2011 y las respectivas modificaciones realizadas por los artículos 1º, 4º y 7º de la Ordenanza 336 del 2012, ambas de la Asamblea Departamental de la Guajira, la Sección Cuarta del Consejo de Estado declaró la nulidad de los artículos 276, 278, 282 y 285. La Ordenanza 330 compila las normas tributarias y establece el Estatuto de Rentas Departamentales y la 336 modifica parcialmente la Ordenanza 330. También condicionó el numeral 2º del artículo 4 de la Ordenanza 376 del 2014, que modificó el artículo 279 de la Ordenanza 330 y de los literales (e) de los artículos 306 y 308 de la Ordenanza 388 del 2014, bajo el entendido de que la estampilla solo se causa en actos en los que intervenga un funcionario departamental o municipal, entre otras decisiones. La Corporación explicó que si bien la ordenanza demandada fue derogada por la Ordenanza 388 del 2014, que estableció el estatuto de rentas, es procedente controlar la legalidad de actos derogados en la medida en que durante su término de vigencia produjo efectos jurídicos y pudo afectar situaciones jurídicas particulares. Conozca los argumentos en el texto adjunto (C. P. Julio Roberto Piza Rodríguez).

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