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Costos y gastos requieren transmisión oportuna de nómina electrónica para ser deducibles fiscalmente

Aunque no hay sanción por transmisión extemporánea, esta puede impedir que costos y gastos sean aceptados en la declaración de renta.

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21 de Abril de 2026

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) aclaró que la deducibilidad de costos y gastos en el impuesto sobre la renta está condicionada a la generación y transmisión oportuna del Documento Soporte de Nómina Electrónica (DSNE). La entidad recordó que este documento constituye un requisito formal indispensable para respaldar dichas deducciones, conforme a la normativa vigente establecida en la Resolución 13 del 2021.

Transmisión extemporánea no sanciona, pero limita deducciones

En respuesta a una consulta sobre la posibilidad de enviar el DSNE del año 2025 antes de la declaración de renta en 2026, la Dian reiteró que la transmisión fuera de plazo no genera sanciones específicas. Sin embargo, precisó que esta situación puede afectar la procedencia de los costos y deducciones, ya que el cumplimiento de los tiempos establecidos es determinante para su reconocimiento fiscal.

Correcciones antes de declarar podrían ser válidas

La entidad señaló que existen escenarios en los cuales el contribuyente puede subsanar la omisión antes de presentar la declaración de renta. En estos casos, si se demuestra el cumplimiento material de la relación laboral y los pagos efectuados, el DSNE podría ser aceptado como soporte válido para los costos y deducciones, siempre que se evidencie la realidad económica de las operaciones.

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