Costos y deducciones en el impuesto sobre la renta proceden con soporte idóneo (4:42 p.m.)
17 de Diciembre de 2018
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Nota:
109629
Para la procedencia de los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta, así como de los impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas, acorde con el artículo 771-2 del Estatuto Tributario, se requiere de facturas y documentos equivalentes como soporte idóneo. Así lo estableció la Sección Cuarta del Consejo de Estado al resolver un recurso de apelación dentro una acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Sin embargo, afirmó que lo anterior no impide que la Dian ejerza su facultad fiscalizadora para verificar la realidad de la transacción. En tal sentido, debe entenderse que el artículo citado del Estatuto Tributario no limita la facultad comprobatoria de la Administración. Entonces si la Administración prueba que las transacciones, los costos y el impuesto descontable no existen pueden ser rechazados, sin que sea suficiente que el contribuyente pretenda acreditarlos con facturas o documentos equivalentes (C. P. Stella Jeannette Carvajal Basto).
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