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Corrección de errores en la información presentada incide en la graduación de la sanción por no informar: Sección Cuarta (12:04 p.m.)

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07 de Noviembre de 2018

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La Sección Cuarta del Consejo de Estado anuló parcialmente los actos administrativos mediante los cuales la Dian - Seccional de Pereira sancionó a un contribuyente por presentar información exógena con errores, la cual graduó en el 3 % de la información errada, bajo la consideración de que no se corrigió en medios virtuales, pese a que la información sí se corrigió al responder el requerimiento ordinario. Así, conforme al criterio fijado por la Sala, sobre el valor de la información corregida con ocasión del requerimiento ordinario y con anterioridad al pliego de cargos procede la graduación al 0,5 %, pues tal circunstancia denota una actitud de colaboración del contribuyente. Así las cosas, la sanción establecida en el artículo 651 del Estatuto Tributario se debe graduar en cada caso particular atendiendo criterios de justicia, equidad, razonabilidad y proporcionalidad (C. P. Stella Jeannette Carvajal).

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