Coronavirus (covid-19)Exclusión de IVA sobre arrendamiento de locales comerciales requiere cumplir la totalidad de requisitos
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29 de Septiembre de 2020
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La exclusión del impuesto sobre las ventas sobre el arrendamiento de locales comerciales y concesión de espacios comerciales prevista en el artículo 10 del Decreto 682 del 2020 aplica siempre y cuando se cumpla la totalidad de los requisitos previstos en la norma, entre los cuales está que estuvieran abiertos al público antes de la declaratoria de la emergencia sanitaria; que sus actividades estén necesariamente asociadas a la concurrencia de clientes y que, debido a la crisis, hayan tenido que cerrar, total o parcialmente, por un periodo superior a dos semanas. En concepto de la Dian, corresponde a cada responsable verificar el cumplimiento de los requisitos, con el fin de determinar si resulta o no aplicable la exclusión. Si se configura un pago de lo no debido o pago en exceso, el procedimiento para la devolución del mismo obedecerá al dispuesto en los artículos 850 del Estatuto Tributario y sus correspondientes normas reglamentarias.
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