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Contribuyentes podrán extinguir acciones penales por deudas en mora: DIAN (11:43 a.m.)

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06 de Septiembre de 2013

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Uno de los beneficios consagrados en la reforma tributaria del 2012 hace referencia a la extinción de la acción penal para los deudores del impuesto sobre las ventas y agentes de retención en la fuente que se acojan a cualquiera de las dos opciones establecidas en la condición especial de pago, recordó Juan Ricardo Ortega, director DIAN. Indicó que para ejercer este beneficio deberán acreditar ante la autoridad judicial competente el pago o la suscripción del acuerdo de pago sobre las obligaciones adeudadas. Según Ortega, el universo de deudores denunciados penalmente que podrían acogerse al beneficio es de 7.531, de los cuales 845 han asistido a las ferias de cobranzas. Para finalizar, reiteró que se realizará el próximo 24, 25 y 26 de septiembre la tercera, y última, feria nacional de condiciones especial de pago, en todas las direcciones seccionales del país.

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