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14 de Julio de 2020
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Nota:
117373
Con el Decreto 1010 del 2020, el Ejecutivo reglamentó los artículos 53 a 60 de la Ley 2010 del 2019 y sustituyó el Título 7 de la Parte 5 del Libro 1 del Decreto 1625 del 2016. Para la aplicación del artículo 256-1 del Estatuto Tributario (E.T.), con el Decreto 1011 del 2020, reguló el procedimiento para la aplicación del crédito fiscal, para inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación o vinculación de personal con título de doctorado en las micro, pequeñas y medianas empresas que cumplan con los requisitos de que trata la norma en mención y la nueva norma. Igualmente, con base en el artículo 862 del E.T., indicó el procedimiento y los requisitos para la expedición de los títulos de devolución de impuestos (TIDIS), así como las condiciones y manejo de los mismos. Con el Decreto 1012 del 2020, definió lo referente al inciso 2 del artículo 840 del E. T. y adicionó el Capítulo 9 al Título 2 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625, para implementar el remate de bienes en forma virtual a través de una herramienta tecnológica. Por otra parte, con el Decreto 1013 del 2020, el Gobierno desarrolló los conceptos de empleado, miembros del núcleo familiar, programas para becas de estudio, créditos condonables, zonas de influencia e inversiones, esto para la aplicación de las deducciones por contribuciones a educación de los empleados (artículo 107-2 del estatuto). Así mismo, la norma precisó los soportes que deben conservar las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios para la procedencia de la deducción, así como la condiciones que deben cumplir. Adjunto a esta nota puede consultar en detalle cada una de las normas.
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