11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 49 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


Consejo de Estado realiza precisiones sobre la inspección tributaria (11:52 a.m.)

22 de Septiembre de 2016

Reproducir
Nota:
123445
La Sección Cuarta del Consejo de Estado reiteró que, de conformidad con el artículo 779 del Estatuto Tributario, la inspección tributaria es un medio de prueba mediante el cual la administración verifica la exactitud de las declaraciones, establece la existencia de hechos gravables declarados y verifica el cumplimiento de las obligaciones formales. Esta prueba, agregó, se decreta mediante auto que se debe notificar por correo o personalmente, con indicación de los hechos materia de prueba y los funcionarios comisionados para practicarla. Así mismo, la norma citada prevé que la diligencia se inicia una vez notificado el auto que la ordenó y que de ella se levantará un acta que contenga todos los hechos, pruebas y fundamentos en que se sustenta y la fecha de cierre de la investigación, debiendo ser suscrita por los funcionarios que la adelantaron (C. P. Martha Teresa Briceño).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)