Compañía ‘holding’ obligada a llevar contabilidad deberá elaborar estados financieros separados y consolidados (3:23 p.m.)
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12 de Diciembre de 2016
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|Si una compañía holding, entendida como aquella matriz que ejerce control sobre otras empresas mediante la adquisición de todas o de una parte importante de sus acciones, cuotas o partes de interés social, debe llevar contabilidad, en los términos del Código de Comercio, Ley 1314 del 2009 y otras disposiciones, deberá elaborar estados financieros de carácter general separados y consolidados, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Para tal fin, aplicará los principios contables establecidos en los marcos técnicos normativos que resulten aplicables, los cuales están compilados en los anexos técnicos 1, 2 y 3 del Decreto 2420 del 2015. En el anexo 1 se incluye la información para el grupo 1 (entidades cotizadas en bolsa, entidades financieras y otras empresas grandes que participan en mercados globales), grupo 2 (entidades no cotizadas en bolsa) y grupo 3 (microempresas), lo que representa un conjunto completo de estados financieros. Estas disposiciones deben ser aplicadas al elaborar EFPG consolidados y separados de una holding.
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