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Corte Constitucional deja sin efecto sentencias de tutela que desatendieron precedente jurisprudencial sobre servicios de salud (10:07 a.m.)

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21 de Marzo de 2013

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Al encontrar que en varios procesos de tutela los jueces de instancia desconocieron el precedente jurisprudencial en materia de acceso a servicios de salud que se requieren con necesidad, la Corte Constitucional decidió dejarlos sin efecto y les ordenó a los operadores judiciales emitir nuevas decisiones que observen las reglas reiteradas sobre acceso a servicios de salud no incluidos en el POS; presupuestos fácticos para que el juez de tutela pueda ordenar directamente la entrega de pañales desechables; ausencia de temeridad en tutelas para proteger el derecho fundamental a la salud y sobre la carga argumentativa que debe presentar el juez si quiere apartarse del precedente constitucional. Finalmente, la sala le ordenó provisionalmente a 16 EPS suministrar los servicios de salud y cumplir las órdenes de especialistas en la cantidad, calidad y regularidad que requieran los pacientes. Por último la corporación les ordenó a los jueces remitir los fallos que profieran en un término no mayor a ocho días, para que la sala de revisión pueda verificarlos y pronunciarse sobre el cumplimiento correspondiente (M. P. María Victoria Calle Correa).

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