Cobro de intereses de mora en etapa de cobro persuasivo es imperativo (2:27 p.m.)
18 de Octubre de 2017
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Nota:
58094
Teniendo en cuenta que el cobro de obligaciones por parte de autoridades públicas se refiere a obligaciones exigibles, es decir, de plazo vencido, las gestiones de cobro persuasivo son equivalentes al cobro prejurídico del sector privado, etapa en la cual no solo es procedente sino imperativo el cobro de intereses de mora, indicó la Contraloría General de la República. El artículo 814 del Estatuto Tributario consagra la posibilidad de que la entidad pública otorgue al deudor facilidades de pago previo el agotamiento establecido para el efecto, cuyas consecuencias son interrupción de la prescripción, suspensión del procedimiento de cobro y posibilidad de levantamiento de medidas cautelares que afecten bienes distintos a los aceptados como garantía, pero en manera alguna la exoneración, condonación o reducción de intereses de mora, salvo que exista una norma que faculte a la administración a exonerar o condonar su pago.
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