Así ajustan las tarifas del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM (3:17 p.m.)
03 de Febrero de 2016
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Nota:
105591
Atendiendo lo dispuesto en la Ley 1607 del 2012 (reforma tributaria), el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM se liquida, desde el pasado 1º de febrero, sobre las bases gravables conforme a las tarifas generales o diferenciales definidas en la Resolución 0011 de la DIAN. Por ejemplo, para el impuesto nacional a la gasolina extra se liquidará a razón de $ 1.754,43 por galón; el de la gasolina motor corriente y el del ACPM, a $ 1.213,57 por galón; el de la gasolina motor corriente oxigenada E8 (proporción gasolina motor corriente (92 %) - alcohol carburante (8 %)) se liquidará a $ 1.116,48 por galón.
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