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Actualizado hace 51 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Anulan sanción impuesta al Éxito por inexactitud en la declaración del IVA

08 de Junio de 2020

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Nota:
117017
El Consejo de Estado anuló la sanción de $ 334 millones que le impuso la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) a almacenes Éxito por una presunta inexactitud en su declaración de impuesto sobre las ventas (IVA) del primer bimestre del 2013. Según los hechos, la sociedad sancionada había presentado una declaración con registro de ingresos de $ 925 mil millones, de los que, a su juicio, $ 520 mil millones estaban excluidos del gravamen. Al respecto, la Dian emitió un acto de liquidación oficial de revisión señalando que los ingresos recibidos por la venta de pollo asado no estaban excluidos del impuesto. Por esa razón, el almacén debía pagar $ 209 millones adicionales para cubrir el valor del impuesto y fue sancionado al pago de $ 334 millones más por inexactitud. La sancionada interpuso una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. Además, sostuvo que la Dian tenía hasta el 16 de marzo del 2015 para emitir el acto de liquidación oficial de revisión, pero lo emitió después. El juez de primera instancia negó las pretensiones argumentando que el demandante no logró demostrar que los ingresos recibidos por ventas del pollo fueran excluidos del impuesto. Además, la notificación de la revisión oficial se presentó dentro de los límites fijados por la ley. Esta corporación, en segunda instancia, consideró que la notificación de la revisión oficial sí se expidió fuera de los límites temporales legales y añadió que si bien se emitió un auto de inspección tributaria, la diligencia posterior no tuvo como fin el desarrollo de la misma, por ende, no procedía la suspensión por tres meses de la notificación de la liquidación de revisión oficial que, en esos casos, concede la ley. Sumado a ello indicó que los valores declarados como exentos del impuesto sí debían tener este tratamiento. En tal sentido, accedió a las pretensiones y declaró la nulidad de la liquidación (C. P. Milton Chaves García).

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