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Adoptan sistemas técnicos de control de la factura electrónica (3:45 p.m.)

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22 de Julio de 2016

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Con el fin de controlar el cumplimiento de los compromisos tributarios de los obligados a expedir factura o documento equivalente, la Dian acaba de adoptar un sistema técnico de control de la actividad productora de renta. Deberán solicitar autorización de la numeración y se tendrán en cuenta los comprobantes que resuman las operaciones diarias generadas por la utilización de máquinas registradoras que cumplan los requisitos técnicos. La numeración y la vigencia de las facturas será administrada por la Dian en el sistema informático electrónico que para tal efecto disponga la entidad. La autoridad tributaria podrá solicitar información sobre la numeración utilizada y el valor de los ingresos imputables a la misma, así como de los comprobantes de las má­quinas registradoras con el objeto de controlar los ingresos, costos y gastos de la actividad productora de renta, para la correcta tasación de los tributos. En caso de fallas comprobadas que no puedan ser previstas, mientras dure la contingencia deberá facturar por talonario (papel), documento que deberá llevar el título “Contingencia Facturación Electrónica”, preimpreso, con numeración consecutiva y vigencia autorizada por la Dian, la cual solo será utilizada en esa eventualidad. Para el caso de los obligados que opten por facturar mediante talonario o papel, deberán entregar al litógrafo, tipógrafo o impresor que se encuentre registrado en el registro único tributario (RUT).

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