Adoptan medidas transitorias para exportaciones de desperdicios y desechos de chatarra y de cobre
13 de Agosto de 2020
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Nota:
118013
Con el Decreto 1120 del 2020, el Ministerio de Comercio estableció un contingente de 28.404 toneladas, por un plazo de seis meses, para las exportaciones de desperdicios y desechos de chatarra, de fundición de hierro o acero y lingotes de chatarra de hierro o acero clasificadas por las subpartidas arancelarias 7204.10.00.00, 7204.21.00.00, 7204.29.00.00, 7204.30.00.00, 7204.41.00.00 y 7204.49.00.00. Así mismo, fijó un contingente de 38.675 para las exportaciones de desperdicios y desechos de cobre, de aluminio, de níquel, de plomo y de cinc, clasificadas por las subpartidas 7404.00.00.10, 7404.00.00.90, 7503.00.00.00, 7602.00.00.00, 7802.00.00.00 y 7902.00.00.00. Estos serán administrados por el Ministerio de Comercio, a través de la Dirección de Comercio Exterior, teniendo en cuenta que su asignación estará sujeta al concepto favorable emitido por este ministerio, que para el efecto tendrá en cuenta el concepto favorable o desfavorable que a su vez emita la Dian.
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