Administración tributaria puede exigir múltiple información y requerimientos en una misma resolución (8:40 a.m.)
23 de Mayo de 2017
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Nota:
55473
El Estatuto Tributario le otorgó a la Dian la potestad de solicitar y definir la información tributaria, de imponer el cumplimiento de deberes formales a los sujetos pasivos de las obligaciones tributarias y de terceros y de fijar las especificaciones con las que se le deben presentar las citadas informaciones. Así lo precisó una sentencia de la Sección Cuarta del Consejo de Estado. De igual forma, advirtió que la administración tributaria en una misma resolución puede establecer todas las informaciones que por ley está facultado para exigir. Adicionalmente, indicó que esta dirección de impuestos tiene amplias facultades de fiscalización, para lo cual puede, entre otras, citar o requerir al contribuyente o a terceros para que rindan informes o contesten interrogatorios; exigir de estos la presentación de documentos que registren sus operaciones cuando unos u otros estén obligados a llevar libros registrados; ordenar la exhibición y examen parcial de los libros, comprobantes y documentos de los contribuyentes o terceros legalmente obligados a llevar contabilidad y, en general, efectuar todas las diligencias necesarias para la correcta y oportuna determinación de los impuestos, facilitándole al contribuyente la aclaración de toda duda u omisión que conduzca a una correcta determinación (C. P. Jorge Octavio Ramírez).
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