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Tributario


Aumentarían el valor máximo de viviendas a las que se aplicaría cobertura condicionada de tasa de interés

Con esta propuesta se modificaría el Decreto 1068 del 2015, único reglamentario del sector hacienda, para promover la inversión privada a largo plazo en este tipo de proyectos.
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07 de Julio de 2017

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Mediante el Decreto 2500 del 2015, incorporado en el Decreto 1068 del mismo año, el Gobierno Nacional creó las condiciones del Programa de cobertura a la tasa de interés Frech aplicable a viviendas no categorizadas como de interés social (No VIS).

 

En desarrollo de dicho programa, durante los años 2016 y 2017, se han venido otorgando coberturas a la tasa de interés pactada en créditos o contratos de leasing habitacional otorgados por los establecimientos de crédito a deudores que buscan adquirir una vivienda nueva urbana cuyo valor sea mayor a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y hasta 235 SMLMV o mayor a 235 SMLMV y hasta 335 SMLMV.

 

Sin embargo, el Gobierno Nacional ha analizado el bajo desempeño de los indicadores de las viviendas cuyo valor es superior a los 335 SMLMV y, como consecuencia, ha considerado ampliar el valor de las viviendas financiables con esta cobertura hasta 435 SMLMV.

 

Así, se modificaría el Decreto 1068 del 2015 (Único reglamentario del sector hacienda y crédito público), en lo relacionado con el Programa “Frech No VIS” para, en primer lugar, eliminar la segmentación en el valor de la vivienda financiable y, en segundo lugar, ampliar la vigencia del Programa para los años 2018 y 2019.

 

Todas estas modificaciones están contempladas en un proyecto de norma que se encuentra disponible para consulta y comentarios en el sitio web del Minhacienda, hasta el próximo 20 de julio.

 

(Minhacienda, Proyecto de norma, 05/07/2017 )

 

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