Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Acuerdos entre particulares para modificar la responsabilidad tributaria no son oponibles al fisco

Openx [71](300x120)

117696

08 de Septiembre de 2020

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La causación del impuesto sobre las ventas (IVA) obedece a los hechos generadores previstos en el artículo 420 del Estatuto Tributario (E. T.), siendo uno de ellos la prestación de servicios en el territorio nacional o desde el exterior, con excepción de los expresamente excluidos. Por lo tanto, siempre que se cause el impuesto el responsable deberá recaudarlo, declararlo y pagarlo a la administración tributaria, obligación tan importante que de no pagar el impuesto a cargo aquel puede ser objeto de las sanciones correspondientes señaladas en el E. T., dependiendo de la conducta sancionable en que incurra. Así mismo, advirtió la Dian, los acuerdos entre particulares para efectos de modificar la responsabilidad tributaria no son oponibles al fisco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 553.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)