Códigos cortos devueltos por usuarios de telecomunicaciones no pueden ser asignados durante seis meses (11:29 a.m.)
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05 de Diciembre de 2014
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Teniendo en cuenta que la asignación de recursos numéricos en materia de telecomunicaciones no otorga derecho de propiedad sobre ellos, la Resolución 2028 del 2008, por la cual se reguló el uso de la numeración, prohíbe cualquier tipo de venta, cesión o comercialización de los mismos, ya que permitir esta clase de conductas comerciales sobre recursos públicos puede generar situaciones que contradicen su uso eficiente, eficaz e imparcial, como la indeterminación de responsabilidades frente a la protección de derechos de los usuarios, indicó la Comisión de Regulación de Comunicaciones. Por esta razón, la Resolución 3501 del 2011, además de consagrar como causal de recuperación de códigos cortos el uso diferente a aquel para el que fueron asignados, no permite la asignación de los que han sido devueltos por el asignatario y han entrado en estado de reserva por un periodo de seis meses, durante el cual no pueden ser asignados nuevamente.
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