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19 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 2 días | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tecnología


No es posible en el marco de los ecosistemas digitales poner la red de corresponsales físicos a disposición de terceros

14 de Agosto de 2023

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¿Cualquier persona natural o jurídica puede ser corresponsal de seguros? (Bancadelasoportunidades)

El Decreto 1297 del 2022 introdujo nueva regulación sobre finanzas abiertas y, en ese sentido, consagró como nueva actividad autorizada a las entidades financieras la comercialización de su tecnología e infraestructura a terceros, permitiendo la ampliación de su portafolio de servicios en el marco de los ecosistemas digitales.

El Ministerio de Hacienda, mediante documento técnico, señaló como relevante habilitar a las entidades financieras a comercializar la tecnología empleada en la prestación de sus servicios para otros fines, teniendo en cuenta que así pueden contribuir con el desarrollo de ecosistemas y aprovechar su infraestructura en favor de la competitividad y la de los actores con quienes se relacionan.

Entre las tecnologías susceptibles de ser comercializadas están los algoritmos utilizados por las entidades financieras en el proceso de conocimiento del cliente, el scoring crediticio de sus usuarios y aquellos procesos tecnológicos adoptados para adelantar el onboarding digital de sus consumidores.

Así las cosas, indicó la superintendencia, debe entenderse que tanto la tecnología como la infraestructura objeto de comercialización a terceros para el ofrecimiento de servicios a sus clientes finales esté asociada al soporte físico (hardware) y al soporte lógico (software) que la entidad vigilada utilice para la prestación de sus servicios a través de medios digitales (Lea: Entidades financieras que contratan corresponsales digitales deben informar al consumidor).

Lo anterior implica que, en la realización de esta nueva operación, las entidades financieras solo podrían comercializar su tecnología e infraestructura asociada a la ejecución de las actividades propias de su objeto social principal permitido en la ley, lo que significa que es totalmente ajeno a los propósitos de la normativa que regula los ecosistemas digitales poner a disposición de terceros su red de corresponsales físicos.

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